[itzul] Zinpeko itzultzaileak

jon-agirre a bildua ej-gv.es jon-agirre a bildua ej-gv.es
As, Ots 28, 17:27:18, CET 2006


Zinpeko itzulpena egiteko zinpeko itzultzailea behar da (zerrenda gobernu
zibilean dago).

Baina eskriturak Espainiako bi hizkuntzatan egiteko, notarioak bi hizkuntzak
jakin behar ditu (ez dago beste modurik) eta ez da zinpeko itzultzailerik
behar:

Artículo 149. 

Cuando el documento se otorgue en territorio español en el que se hable
lengua o dialecto peculiar del mismo y todos o alguno de los otorgantes sean
naturales de aquel territorio sometidos a su derecho foral, el Notario,
siempre que entienda suficientemente, declarándolo así, el idioma o dialecto
de la región, a solicitud del interesado, redactará el instrumento público
en idioma español y en la lengua o dialecto de que se trate, a doble
columna, para que simultáneamente puedan leerse y apreciarse ambas
redacciones, procurando que gráficamente se correspondan en cuanto sea
posible, a cuyo efecto deberá tachar las líneas que por ello queden en
blanco a la terminación de la columna que resulte menor.

Zinpeko itzultzailea erabiliz gero (sarritan egiten dena) arauari iruzur
egiten zaio eta euskara atzerri-hizkuntza gisa tratatzen dute
(burujabetasunaren aurrelari gisa), bezeroa(ren dirua) ez galtzeko. Izan
ere, Espainiakoa ez den hizkuntza denean, hona hemen Notariotza Arautegiak
ezartzen duena:

Artículo 150. 

Cuando se trate de extranjeros que no entiendan el idioma español, el
Notario autorizará el instrumento público si conoce el de aquéllos, haciendo
constar que les ha traducido verbalmente su contenido y que su voluntad
queda reflejada fielmente en el instrumento público.

También podrá en este caso autorizar el documento a doble columna en ambos
idiomas, en forma similar a la que se establece en el artículo anterior, si
así lo solicitare el otorgante extranjero, que podrá hacer uso de este
derecho aun en la hipótesis de que conozca perfectamente el idioma español.

Cuando los extranjeros no conozcan el idioma español y el Notario, a su vez,
no entienda el de aquéllos, la autorización del instrumento público exigirá
la asistencia de intérprete oficial, que hará las traducciones verbales o
por escrito que sean necesarias, declarando bajo su responsabilidad en el
instrumento público la conformidad del original español con la traducción.

De acuerdo con lo que antecede. el Notario que conozca un idioma extranjero
podrá traducir los documentos escritos en el mencionado idioma, que precise
insertar o relacionar en el instrumento público.

Cuando en un instrumento público hubiere que insertar documento, párrafo,
frase o palabra de otro idioma o dialecto. se extenderá inmediatamente su
traducción o se explicará lo que el otorgante entienda por la frase, palabra
o nombre exótico. Están fuera de esta prescripción las palabras latinas que
tanto en el foro como en el lenguaje común son usuales y de conocida
significación.


-----Mensaje original-----
De: Ana Martin [mailto:Ana a bildua EMUN.com] 
Enviado el: martes, 28 de febrero de 2006 16:45
Para: itzul a bildua postaria.com
Asunto: [itzul] Zinpeko itzultzaileak

 
Arratsalde on
Etxe baten salerosketa eskrituren itzulpena zinpeko itzulpena behar da?
Nork egiten ditu horrelakoak?
 
Eskerrik asko
Ana

 

 <outbind://31/Ana_fitxategiak/image002.jpg> 

Ana Martin

EMUN, Koop. E.

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20500 ARRASATE

Tel: 943 711 847

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